Acreditación

Estarán en condiciones de actuar como Evaluador Energético las personas que cumplan satisfactoriamente con lo señalado en el manual de la CEV, en la resolución del llamado de acreditación y suscriban además un Convenio con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el cual se dejará constancia de las acciones, condiciones, compromisos y obligaciones que asumirá el Evaluador para desarrollar la Calificación Energética y de cualquier estipulación que se estime conveniente a los intereses de las partes, en conformidad a la letra “D.” del numeral 1.2.4 del Manual.

Una vez cumplidos los requisitos anteriores, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo dictará el acto administrativo mediante el cual habilitará al profesional como Evaluador Energético Externo o Evaluador Energético Interno para la Calificación Energética de Viviendas en Chile.

En el Convenio a que se refieren los puntos anteriores, se establecerá que durante los primeros dos años, el Evaluador Energético deberá efectuar veinticinco (25) o más evaluaciones energéticas oficiales mediante la herramienta web de la calificación energética de viviendas. Esta condición no aplica a los profesionales que desempeñen funciones regulares en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, alguna Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo del país (Seremi) o algún Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu), lo cuales además deben ceñirse a lo indicado en el Manual.

Una vez dictado el acto administrativo que acredita al profesional como Evaluador Energético, este podrá realizar la evaluación energética de viviendas mediante el sistema de calificación energética de viviendas.

El Evaluador Energético será el encargado de realizar la evaluación energética del proyecto de arquitectura y/o de la vivienda, mediante la Calificación Energética de Viviendas. El Evaluador Energético será responsable personalmente por las declaraciones, la información y los documentos que se presenten a la Calificación Energética de Viviendas en Chile, según consta en el Manual de Procedimientos del Sistema de Calificación Energética de Viviendas en Chile.

Consulte aquí la Resolución Exenta 147 del 25/01/2024, la cual sanciona los procesos de acreditación del año 2024.